El pasado día 03 de marzo de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció respecto a las hipotecas referenciadas al IRPH dando la razón a los consumidores, abriéndoles las puertas para reclamar a las entidades bancarias las cantidades abonadas demás por la aplicación del IRPH, la eliminación de dicho índice y la sustitución por otro índice legal.
¿Qué es el IRPH?
El índice de referencia de los préstamos hipotecarios, conocido como IRPH, es un índice oficial que elabora el Banco de España y que se calcula según la media de los tipos de interés de los créditos de las hipotecas concedidas por las Entidades Bancarias.
Es el segundo índice más utilizado por las entidades bancarias, por detrás del Euribor, para referenciar los préstamos variables.
¿Cómo se calcula?
Para calcularlo las entidades bancarias enviaban al Banco de España una media de los intereses que utilizaban en las hipotecas y el organismo, con todos los datos recibidos de los bancos, realizaba una media de las cifras recibidas y publicadas.
Nadie realizaba un control de estos datos por lo que el IRPH era un índice que podía ser fácilmente manipulable por las Entidades bancarias.
Las entidades bancarias, a la hora de comercializar las hipotecas con este índice, no explicaron con la claridad suficiente a los clientes el funcionamiento de este tipo de índice y la posibilidad de utilizar otros índices, como puede ser Euribor, mucho más favorables para el consumidor.
¿Puedo reclamar si mi hipoteca está referenciada al IRPH?
Ahora es el momento adecuado para realizar la reclamación. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado a favor de los consumidores.
Los ciudadanos con hipoteca referenciada a IRPH se han visto perjudicados al comprobar que las hipotecas a interés variable referenciadas al Euribor se abaratan significativamente debido a las bajadas de los tipos de interés y sus hipotecas de IRPH no lo hacen en la misma o similar medida.
Las hipotecas referenciadas a IRPH, por su método de cálculo, bajan pero a un ritmo mucho menor con una diferencia significativa entre una y otra, de más 2 puntos, que hace que la hipoteca referenciada a IRPH suponga un sobrecoste para el consumidor.
La mayor parte de las hipotecas IRPH se comercializaron con absoluta falta de transparencia, lo que implica que los bancos no explicaron al consumidor con la claridad suficiente el funcionamiento de este tipo de hipotecas y otros posibles índices, como era el EURIBOR, que podía ser aplicado a las hipotecas contratadas, para que, en definitiva, fuera el propio consumidor el que tomara su decisión conforme a todos los escenarios posibles.
Ya han pasado tres meses desde el pronunciamiento del Tribunal Europeo y los tribunales españoles están fallando mayoritariamente a favor del consumidor. Si bien es cierto que cada caso tiene sus propias particularidades que han de ser analizadas pormenorizadamente antes de la interposición de la demanda.
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